11 de mayo de 2015

El Derecho civil foral del País Vasco

El Derecho civil foral del País Vasco, este ha sido el titulo que, José Luis Amerigo, ha escogido para la charla de hoy.
Antes de comenzar a entrar en materia ha dado respuesta a varias preguntas que los asociados de Goienagusi le hemos ido pasando -Las preguntas están recogidas en el documento que se ha entregado al comienzo de la clase-:
. Un testamento que al parecer ... Su respuesta ha sido que "esta en la voluntad del testador, por lo que hay que interpretar el testamento; En principio solo estaría el inmueble, pero si no queda claro con una clausula o si no se comenta, ello seria para todos los herederos". También comenta que "La renuncia en vida es nula."
. Padres que en vida ... Dice que "Hay que declararlas a la Hacienda foral".
. Avalistas en un préstamo. ¿Que es? ... "Los avales o fianzas, pueden ser bancarios, de arrendamiento, administrativos, ... y el avalista debe responder con sus bienes de las cantidades no satisfechas por el avalado; Para el es un tema muy muy peligroso y se debe dar en casos muy especiales".
. Contrato privado, ... contesta que "Los contratos pueden ser privados o públicos; los públicos son aquellos que han sido suscritos por un notario, secretario de juzgados o secretarios municipales. El contrato privado no tiene validez ni de fecha, ni contenido, si hubiera discrepancias entre las partes. Si de refrenda públicamente desde ese momento se considera Publico en todos los aspectos."
. Un hijo mayor, ... "En un seguro de vida, tiene que haber siempre un beneficiario; cuando hubiera un crédito y el beneficiario fuera el banco, este cobra la deuda, si no pasa a los herederos y no es necesario ponerlo en el testamento".
Hombre soltero, .... "Debiera ser obligatorio hacer testamento, al no tener herederos forzados puede dejarlo todo a quien él quiera; si tiene padres, estos son herederos forzosos".
Después ha entrado en explicar el Derecho civil foral del País Vasco. Ha diferenciado tres Derechos forales:
. Derecho foral Guipuzcoano. Se aplica en todo el territorio guipuzcoano y regula la transmisión del caserío y sus pertenencias. Integra tres tipos de figuras: el Comisario, es la persona que hace que se reconozca el testamento y decide su aplicación, es habitualmente el cónyuge que sobrevive; Testamento mancomunado es el testamento redactado por los dos conyugues y para ser revocado tiene que tener el acuerdo de ambos; Pacto especifico, redactado entre el testador y el sucesor; el testamento normal. El fin de  este derecho es proteger la unidad del caserío, con todos sus enseres, animales, ...y consiste en quitar la legitima del Derecho civil y favorecer a una persona en el reparto del caserío, aunque los descendientes puedan reclamar su legitima de forma monetaria. Se usa muy poco.
. Derecho foral Vizcaíno. Se aplica en una parte reducida de Bizkaia y en los municipios alaveses de Aramaio y Llodio. El derecho sucesorio se basa en la troncalidad. Existen como en Gipuzkoa los tipos de testamento de Comisario, Mancomunado -O Hermandad- e integra uno especifico el "hil-buruko" realizado por escrito o oralmente en una situación de peligro de muerte y debe contar con tres testigos; este testamento se tiene que validar en los 2 meses siguientes públicamente. La sucesión forzosa y legitima permite la libre disposición de los 4/5 de la herencia. También integra la saca foral que permite a los parientes troncales el derecho de tanteo.
. Derecho foral alavés. Solo se aplica en Aiala, amurrio, Okondo y algunos núcleos de Artzeniaga. Permite la libre disposición de los bienes y de los herederos forzosos; aplica también el usufructo poderoso que, además del uso y disfrute de un bien, permite la venta de parte del mismo a un hijo o descendiente.
Termina ofreciendo, para cualquier aclaración o consulta sobre estos temas, su dirección de correo electrónico: jlamerigo@gmail.com. Ha sido una charla provechosa que, tal vez, haya resultado corta para repasar tantos temas de interés. La semana próxima se repartirán los apuntes de esta charla.

No hay comentarios: